Derecho a la participación política abril 17, 2009
Posted by Giancarlos in comunicación, General, Política.Tags: Bosco Vallarino, Carlos Bolívar Pedreschi, doble nacionalidad, La doble nacionalidad y sus efectos en el derecho panameño, panameñismo, Participación política, Partido Panameñista
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Con ocasión del dilema en que se puso la candidatura por la alcaldía de Panamá a la que legítimamente aspira el panameñista Bosco Ricardo Vallarino – afortunadamente resuelto por los magistrados del Tribunal Electoral, a favor de permitirle su participación democrática en el proceso electoral -, el renombrado abogado constitucionalista, Dr. Carlos Bolívar Pedreschi, se refirió al tema en un escrito que tituló “La doble nacionalidad y sus efectos en el derecho panameño”.
Consideremos en primera instancia que participar en la vida comunitaria, por ende en la política, no es solamente una de las mayores aspiraciones del ciudadano, sino también uno de los pilares de todos los ordenamientos democráticos, además de una de las mejores garantías de permanencia de la democracia (Consejo de Justicia y Paz, 2005:96). Desde esta perspectiva, es evidente que toda democracia debe ser participativa, y en este sentido debe girar la resolución de cualquier conflicto electoral.
La participación – deber que todos han de cumplir conscientemente, en modo responsable y con vistas al bien común – no debe ser delimitada o restringida a algún contenido particular de la vida social, dada su importancia para el crecimiento, sobre todo humano. Particularmente debe ser promovida la participación en la vida social y política hasta los niveles más altos, como son aquellos de los que depende la colaboración de todos los ciudadanos en busca del bien común de la sociedad a la que pertenecen.
En su artículo, el Dr. Pedreschi deja claro, entre otras cosas, que “los efectos que la doble o múltiple nacionalidad produce en un panameño por nacimiento que, por lo demás, únicamente haya vivido y ejercido derechos políticos en Panamá son los siguientes: ni pierden la nacionalidad panameña ni pierden la ciudadanía panameña ni se le suspende la ciudadanía y, todo, porque así lo han querido los principios o reglas que la Constitución panameña vigente ha decidido muy libre, espontánea y deliberadamente”.
Según explica el Dr. Pedreschi, las Constituciones anteriores a la de 1972 penalizaban política, civil y mercantilmente al panameño que adoptara otra nacionalidad. Sin embargo, “con la Constitución de 1972 se estrena, en el Derecho Constitucional panameño, una posición radicalmente opuesta a la sostenida por las Constituciones panameñas anteriores. Si bien, como ya se dijo, las Constituciones panameñas anteriores a la de 1972 penalizaban la adquisición de otra nacionalidad, la Constitución de 1972, en cambio, la incentiva”.
El filósofo francés Jacques Maritain opinaba que “si es verdad que la autoridad política tiene como función esencial dirigir a hombres libres hacia el bien común, es normal también que esos hombres libres escojan ellos mismos a quienes tienen la función de dirigirles y de ese modo participen en el control del poder: esta es la forma más elemental de participación activa en la vida política”. Por ello considero acertada la salomónica decisión de nuestros magistrados del Tribunal Electoral porque, al fin y al cabo, sólo serán los votantes quienes finalmente concederán o no a Bosco Vallarino, el deber de administrar la comuna capitalina durante los próximos cinco años.
Una opinión objetiva sobre la doble nacionalidad y sus efectos en el derecho panameño abril 16, 2009
Posted by Giancarlos in comunicación, General, Política.Tags: Alcaldía de Panamá, Bosco Vallarino, Carlos Bolívar Pedreschi, doble nacionalidad
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El renombrado abogado constitucionalista, Dr. Carlos Bolívar Pedreschi, con ocasión del dilema en que se puso la candidatura a la alcaldía de Panamá a la que aspira el panameñista Bosco Ricardo Vallarino – afortunadamente resuelto por los magistrados del Tribunal Electoral, a favor de permitirle su participación democrática en el proceso electoral -, tuvo a bien ilustrarnos acerca de los efectos de la doble nacionalidad y sus efectos en el derecho panemeño.
En un artículo publicado en el diario Panamá América, el día 15 de abril de 2009, el Dr. Pedreschi deja claro, entre otras cosas que “los efectos que la doble o múltiple nacionalidad produce en un panameño por nacimiento que, por lo demás, únicamente haya vivido y ejercido derechos políticos en Panamá son los siguientes: ni pierden la nacionalidad panameña ni pierden la ciudadanía panameña ni se le suspende la ciudadanía y, todo, porque así lo han querido los principios o reglas que la Constitución panameña vigente ha decidido muy libre, espontánea y deliberadamente”.
Respecto al fallo de los magistrados del Tribunal Electoral, pese a que favorece a Bosco Vallarino, notamos que este carece de todo el contenido y fundamento que magistralmente expone el Dr. Carlos Bolívar Pedreschi. Pensemos que esto es así producto de la celeridad al redactar dicho fallo para poner fin al dilema y no como consecuencia de la ligereza o ignorancia en materias de derechos civiles.